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Decreto 4122/2025 · Salario mínimo Gs. 2.899.048

Calculadora Salarial
Paraguay

Estimá salario neto, aguinaldo, vacaciones y liquidación según el Código del Trabajo. Gratis y actualizada.

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Período laboral
Remuneración mensual
Adicionales del mes

Cómo se calculan los conceptos laborales en Paraguay

El cálculo de salarios, aguinaldo, vacaciones y liquidaciones en Paraguay está regulado por el Código del Trabajo (Ley 213/93). Anualmente el Poder Ejecutivo dispone el reajuste del salario mínimo según la variación del IPC.

Salario neto y aportes al IPS

El salario neto se obtiene restando del bruto el 9% de aporte del trabajador al IPS. El empleador aporta un 16,5% adicional como costo patronal, que no se descuenta al trabajador.

Aguinaldo proporcional

Equivale a 1/12 de las remuneraciones devengadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Incluye salario, horas extras, comisiones y bonificaciones. El aguinaldo no paga IPS y debe abonarse antes del 31 de diciembre o junto con la liquidación final.

Vacaciones según antigüedad

Según el Art. 218 del Código del Trabajo: 12 días hábiles hasta 5 años de antigüedad, 18 días entre 5 y 10 años, y 30 días con más de 10 años. Al cesar la relación se pagan proporcionales.

Preaviso e indemnización por despido

Frente a un despido sin causa, el empleador debe abonar el preaviso (Art. 87: 30, 45 o 60 días según antigüedad) y la indemnización (Art. 91: 15 días por año de servicio o fracción mayor a 6 meses). Ambos son acumulables.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario mínimo en Paraguay en 2026?
El salario mínimo legal vigente es de Gs. 2.899.048 y el jornal diario es de Gs. 111.502, según Decreto Nº 4122/2025 con vigencia desde el 1 de julio de 2025.
¿Cuánto es el descuento de IPS al trabajador?
El trabajador aporta el 9% de su remuneración al IPS. El empleador aporta un 16,5% adicional como costo patronal. El aguinaldo no paga IPS.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
El aguinaldo equivale a 1/12 de las remuneraciones devengadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Incluye salario, horas extras, comisiones y bonificaciones. No paga IPS y se abona antes del 31 de diciembre o junto con la liquidación final.
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
Según el Art. 218: hasta 5 años, 12 días hábiles; más de 5 y hasta 10 años, 18 días; más de 10 años, 30 días. Al cesar la relación se pagan proporcionales.
¿Qué indemnización corresponde por despido injustificado?
Según el Art. 91: 15 días de salario por año de servicio o fracción mayor a 6 meses. Si no hubo preaviso, se suma una indemnización sustitutiva de 30, 45 o 60 días según antigüedad (Art. 87).
¿Cuántos días de preaviso debo dar o recibir?
Según el Art. 87: 30 días entre 1 y 5 años; 45 días entre 5 y 10 años; 60 días con más de 10 años. Durante el período de prueba (primeros 30 días) no se requiere preaviso.